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2018

STOP PRESS ADVICE 3B/2018 NUEVA SANCIÓN PARA YATES Y EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO EN LOS PUERTOS DE BALEARES

JUNIO 2018

LAS AUTORIDADES PORTUARIAS DE BALEARS HAN EMITIDO UNA RESOLUCIÓN FECHADA 5 DE MARZO DE 2018 PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES QUE GENERAN RUIDOS EN LA CUBIERTA DE LOS YATES Y EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO

El objeto de esta ordenanza portuaria es la regulación del horario de actividades generadoras de ruidos en la cubierta de buques de crucero y de embarcaciones deportivas y de recreo, durante su navegación y estancias en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y la Savina.

La ordenanza portuaria es de aplicación a los períodos de estancia en los atraques, navegación de entrada o salida de puerto y permanencia en las zonas de fondeo, en los puertos afectos a la Autoridad Portuaria de Baleares, y a los buques de crucero turísticos, a los buques y embarcaciones de recreo y a las embarcaciones deportivas.

En los período horarios de las 00.00 h a las 09.00 h queda prohibida la realización de cualquier tipo de actividad que conlleve la emisión de música o la generación de ruidos, en la cubierta de los buques y embarcaciones.

Quedan exentas de la limitación establecida en el artículo anterior aquellas autorizaciones que, con carácter totalmente excepcional, pudiesen concederse por parte de la Dirección de la Autoridad Portuaria a eventos extraordinarios y puntuales que en todo caso deberían de realizarse en los muelles más alejados de las zonas vecinales.

Emisión de música o generación de ruidos en la cubierta está prohibida durante la estancia en el traque del buque tipo crucero, durante la navegación de entrada o salida de puerto del buque crucero y durante la permanencia del buque crucero en la zona de fondeo

Las sanciones y otras medidas aplicables serán las establecidas en el capítulo II del título IV del libro Tercero del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

El Artículo 312 de dicha Ley señala que las infracciones leves serán sancionadas con multas de hasta 60.000, 00 euros.

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